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title: "Positivo en drogas"
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date: 2017-02-06
modified: 2026-04-09
author: "Clínicas CITA"
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categories: ["Drogas"]
type: post
lang: es
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# Positivo en drogas

El recinte accidente de un autobús escolar en Fuenlabrada, con catorce niños heridos y en el que el conductor, de 34 años, dio positivo en consumo de cocaína, no es un caso aislado.

En los últimos seis meses, según refiere el diario *La Vanguardia*, otros tres conductores de autobuses escolares han dado positivo en los controles de consumo de drogas en carretera de la Guardia Civil mientras realizaban su trayecto habitual.

!(https://clinicascita.com/wp-content/uploads/2017/02/centro-de-desintoxicacion-1.jpg)

El verano pasado, una patrulla de Tráfico de Galicia inmovilizó un autocar que acababa de dejar a un grupo de niños en un colegio de Cee. El conductor dio positivo en cocaína y cannabis.

En octubre del 2016, agentes de la Policía Foral evitaron en Elizondo que un conductor realizase un trayecto con 43 niños por dar positivo en speed (metanfetamina).

Y en noviembre del pasado año, la Guardia Civil inmovilizó otro autocar escolar con 40 niños, en la carretera que une Castril y Baza (Granada), porque el conductor dio positivo en cocaína.

Los tres casos se resolvieron por la vía administrativa y los conductores fueron sancionados con una multa de mil euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir. El mismo castigo que la normativa de Tráfico contempla para los conductores de turismos.

No es el caso del conductor protagonista del accidente de Fuenlabrada. En este caso, al producirse un accidente con heridos, el chófer fue arrestado. La pena contemplada en la vía penal por la conducción bajo la influencia de las drogas es de tres a seis meses de prisión y retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años. El mismo castigo previsto para el conductor de un turismo.

Con las drogas resulta imposible determinar la cantidad de sustancia ingerida. Así que la sanción es la misma para todos, con independència del tipo de vehículo que se conduzca. No ocurre lo mismo con el alcohol. En el caso de los conductores ebrios, la tasa mínima permitida para choferes profesionales es de 0,3 gramos por litro de alcohol, mientras que para los conductores de turismos es de 0,5.
